Cancelar, anular o declarar prescrito
Las tres formas de cerrar un pagaré y cuándo usar cada una: cancelar cuando la deuda se extinguió, anular cuando fue un error y declarar prescrito cuando pasaron los tres años.
Las tres acciones cierran un pagaré de forma definitiva, pero significan cosas muy distintas. Todas se hacen desde la ficha del pagaré, exigen motivo y requieren el permiso Cancelar o anular pagarés.
Cancelar
La deuda se extinguió.
El asociado pagó, o la obligación que respaldaba terminó.
Anular
Esto fue un error.
El pagaré se emitió por equivocación: otorgante equivocado, duplicado, etc.
Declarar prescrito
Ya no se puede cobrar por la vía ejecutiva.
Pasaron tres años desde el vencimiento sin gestión de cobro.
Anular no es cancelar. Si el crédito se pagó o se castigó, lo correcto es cancelar. Anular es solo para títulos que nunca debieron existir.
Cancelar un pagaré
En la ficha, haga clic en Cancelar. Aparece si el pagaré está vigente, firmado en blanco, bloqueado, vencido o endosado.
Escriba el Motivo, por ejemplo el asociado canceló el crédito.
Haga clic en Cancelar pagaré.

Una vez cancelado, puede cambiar su custodia a Entregado al titular o Destruido.
Anular un pagaré
En la ficha, haga clic en Anular (botón rojo).
Escriba el Motivo, por ejemplo se emitió con el otorgante equivocado.
Haga clic en Anular.
El pagaré no se borra: queda como Anulado, con el motivo y quién lo anuló. Su número no se reutiliza.
No se puede anular un pagaré que respalda obligaciones: primero hay que liberarlas. Un título emitido por error no debería estar garantizando créditos.
Declarar prescrito un pagaré
La acción para cobrar un pagaré prescribe a los tres años de su vencimiento. El módulo le avisa con una alerta antes de que se cumplan, pero no la declara solo: el plazo se interrumpe si hubo demanda o si el deudor reconoció la deuda, y eso no se puede deducir de un calendario.
En la ficha de un pagaré Vencido, haga clic en Declarar prescrito.
El diálogo le muestra la fecha en que se cumplen los tres años.
Escriba el Motivo, por ejemplo vencido desde 2022, sin gestión de cobro ni reconocimiento de deuda.
Si todavía no han pasado los tres años, marque Declararla aunque no hayan pasado los tres años.
Haga clic en Declarar prescrito.

No tiene vuelta atrás. Un pagaré prescrito deja de poder cobrarse por la vía ejecutiva y no admite ningún cambio posterior. Confírmelo con su área jurídica antes de declararlo.
Última actualización